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Prórroga de las medidas procesales y organizativas establecidas por el covid 19
Siguiendo instrucciones de nuestro Decano, ponemos en vuestro conocimiento que, aun cuando estaba prevista para el próximo 20 de junio la finalización de las “medidas anticovid” establecidas en la Ley 3/2020, no obstante y conforme a lo dispuesto en la Circular 3/2021 del Secretario General de la Administración de Justicia, que considera que “En el momento actual seguimos inmersos en una crisis sanitaria, una pandemia,” es necesario que SIGAN VIGENTES LAS PREVISIONES EN MATERIA DE MEDIDAS ORGANIZATIVAS Y TECNOLOGICAS contenidas en el Capítulo III de la Ley 3/2020 para el buen funcionamiento de la Administración de Justicia, hasta que el Gobierno declare la finalización de la crisis sanitaria “de manera motivada y de acuerdo con la evidencia científica disponible, previo informe del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias”.
Dichas medidas son las establecidas en los artículos 14 a 23 de la ley 3/2020, y que todos conocemos (DISPENSA DE UTILIZACION DE TOGAS en audiencias públicas, celebración de actos procesales y vistas telemáticas, acceso del público a las salas de vistas, forma de realizar las exploraciones médico-forenses y equipos psicosociales, atención al público en sede judicial o fiscalía, ordenación de la jornada laboral, etc… como se venía haciendo hasta ahora.
Esperamos sea de vuestro interés.